Se publicó una nueva edición del texto con los comentarios de Eduardo Néstor Balian.

n un momento en el que el sector aeronáutico vuelve a estar en la agenda a partir del creciente protagonismo de un Estado que opera y controla, a la vez, la línea de bandera, cobra gran relevancia la reciente edición del Código Aeronáutico, comentado por el doctor Eduardo Néstor Balian (Ed. Astrea, 2013).

La obra, prologada por la secretaria general de la Asociación Latinoamericana de Derecho Aeronáutico y Espacial (Alada), Ángela Marina Donato, agrega indispensables notas de actualidad a un marco normativo que se remite a la ley 17.285 de 1967.

«Luego de transcribir cada artículo del cuerpo normativo -explica Donato-, el autor acompaña comentarios que basa en algunos ordenamientos jurídicos extranjeros de códigos más modernos de Latinoamérica, compulsa calificada doctrina a lo que suma la interpretación jurisprudencial que genera el «derecho vivo», con lo que en varias oportunidades brinda un valioso elemento correctivo de la desviación que forzosamente, por imperio de nuevos hechos, llevan a la norma a requerir una interpretación más acorde con las exigencias de los tiempos que corren.»

El compendio de 230 artículos (seis son de forma) agrupados en 15 títulos abunda en la doctrina imperante en el orden nacional y el derecho comparado, y se transforma así en una guía ineludible para quien desee especializarse en materia del derecho que regula la aviación civil.

Balian sienta postura en numerosos asuntos. Duda, por ejemplo, de que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) -organismo joven de control, creado en el ámbito de la Secretaría de Transporte- esté en condiciones de dirimir sobre restricciones a los vuelos bajo el argumento del «interés público», concepto cuya definición evidencia ampliamente sus limitaciones.

Donato refrenda la postura de Balian en relación con la ANAC y sus orígenes: «La primera deficiencia por observar es la ausencia de autonomía del organismo creado».

Se desprende así, durante su lectura, la necesidad de dotar a la aviación civil argentina no sólo de un adecuada estructura y solidez institucional, sino de todos los elementos necesarios que legitimen su acción en un territorio vasto con gran déficit en la interconexión y, máxime por el régimen federal que rige nuestra forma de gobierno.

fuente: https://www.lanacion.com.ar/economia/comercio-exterior/el-codigo-aeronautico-nid1609209